CONTRALORÍA

Contralor departamental: Carlos Wilches Vega

 

La Contraloría General de la República (CGR) es el máximo órgano de control fiscal del Estado. Como tal, tiene la misión de procurar el buen uso de los recursos y bienes públicos y contribuir a la modernización del Estado, mediante acciones de mejoramiento continuo en las distintas entidades públicas.

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¿Qué hace la CGR?​​

  • En cumplimiento del artículo 119 de la Constitución Nacional, la Contraloría General de la República ejerce, en representación de la comunidad, la vigilancia de la gestión fiscal y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes de la Nación.
  • Evalúa los resultados obtenidos por las diferentes organizaciones y entidades del Estado, al determinar si adquieren, manejan y/o usan los recursos públicos dentro del marco legal, sujetos a los principios de economía, eficiencia, eficacia, equidad y sostenibilidad ambiental.
  • Examina la razonabilidad de los estados financieros de los sujetos de control fiscal y determina en qué medida logran sus objetivos y cumplen sus planes, programas y proyectos.
  • Tiene a su cargo establecer la responsabilidad fiscal de los servidores públicos y de los particulares que causen, por acción o por omisión y en forma dolosa o culposa, un daño al patrimonio del Estado.
  • Impone las sanciones pecuniarias que correspondan y las demás acciones derivadas del ejercicio de la vigilancia fiscal.
  • Procura, igualmente, el resarcimiento del patrimonio público.
  • En ejercicio de la denominada jurisdicción coactiva, intenta recuperar los recursos y bienes públicos que han sido objeto de deterioro como resultado de su mala administración o que han sido apropiados en forma indebida por los funcionarios o por los particulares.
  • Adicionalmente, la Contraloría General de la República genera una cultura de control del patrimonio del Estado y de la gestión pública.
  • El organismo fiscalizador promueve la transparencia en el uso de los recursos públicos, mediante un proceso estratégico y focalizado en aquellas entidades y/o áreas de alto riesgo previamente identificadas.
  • La CGR vincula activamente a la ciudadanía en el control de la gestión pública y apoya técnicamente al Congreso de la República para el ejercicio del control político y el desarrollo de la función legislativa.


Información de contacto

Teléfono: (+57) 1 285 21 77 - 339 44 60

Dirección: Calle 49 # 13 - 33, 12° Piso Bogotá

Ciudad: Bogotá

Correo Electrónico: contralor@ contraloriadecundinamarca.gov.co

Página Web: www.contraloria.gov.co

 

CONCEJO MUNICIPAL

Presidente: DIEGO GAITAN

 

Función Constitucional

 

Para mayor información sobre el concejo municipal de La Vega Cundinamarca, por favor diríjase a la página web institucional de esta corporación.

http://www.concejo-lavega-cundinamarca.gov.co/

 

 

Información de contacto

Dirección: Cra 3 # 19-71

Teléfono: (+57) 1 8458752

Cel: 3112115978

Correo Electrónico: concejo@lavega-cundinamarca.gov.co

 

 

PROCURADURÍA


Procurador regional: Luis Evelio Rodríguez Berbesi

 

Conformada por 3.400 servidores, la Procuraduría tiene autonomía administrativa, financiera y presupuestal en los términos definidos por el Estatuto Orgánico del Presupuesto Nacional. Es su obligación velar por el correcto ejercicio de las funciones encomendadas en la Constitución y la Ley a servidores públicos y lo hace a través de sus tres funciones misionales principales:

 

 

La función preventiva

Considerada la principal responsabilidad de la Procuraduría que esta empeñada en "prevenir antes que sancionar", vigilar el actuar de los servidores públicos y advertir cualquier hecho que pueda ser violatorio de las normas vigentes, sin que ello implique coadministración o intromisión en la gestión de las entidades estatales.

 

La función de intervención

En su calidad de sujeto procesal la Procuraduría General de la Nación interviene ante las jurisdicciones Contencioso Administrativa, Constitucional y ante las diferentes instancias de las jurisdicciones penal, penal militar, civil, ambiental y agraria, de familia, laboral, ante el Consejo Superior de la Judicatura y las autoridades administrativas y de policía. Su facultad de intervención no es facultativa sino imperativa y se desarrolla de forma selectiva cuando el Procurador General de la Nación lo considere necesario y cobra trascendencia siempre que se desarrolle en defensa de los derechos y las garantías fundamentales.

 

La función disciplinaria

La Procuraduría General de la Nación es la encargada de iniciar, adelantar y fallar las investigaciones que por faltas disciplinarias se adelanten contra los servidores públicos y contra los particulares que ejercen funciones públicas o manejan dineros del estado, de conformidad con lo establecido en el Código Único Disciplinario o Ley 734 de 2002.

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Fuente: Procuraduría General de la Nación

La Procuraduría General de la Nación, es la Entidad que representa a los ciudadanos ante el Estado. Es el máximo organismo del Ministerio Público, conformado además por la Defensoría del Pueblo, la Personería.

 

Información de contacto

 

Teléfono: (+57) 1 2830609

Dirección: Cra 10 # 16-82, Piso 9

Ciudad: Bogotá

Página Web: www.procuraduria.gov.co

 

PERSONERÍA


RESPONSABLE: Leidy Jennifer Cruz Susa 

 


MISIÓN

Proporcionar a la comunidad de La Vega Cundinamarca, las herramientas conceptuales, constitucionales y legales necesarias para garantizar el ejercicio y la protección de los derechos fundamentales, el desarrollo participativo y la promoción de los Derechos Humanos. Del mismo modo aplicar los mecanismos legales de control preventivo que garanticen el ejercicio de la función administrativa y la concreción de los fines esenciales del Estado Social de Derecho.

 

 

FUNCIONES GENERALES

Las establecidas en el artículo 178 de la ley 136 de 1994

Las establecidas en el artículo 24 de la ley 617 de 2.000

 

FUNCIONES ESPECÍFICAS

 

En asuntos administrativos: Son funciones del Despacho del Personero(a) Municipal en asuntos administrativos, las siguientes:

 

  • Ordenar el gasto y Controlar la ejecución presupuestal de la Personería.
  • Preparar el proyecto anual del presupuesto de la Personería, para ser remitido a la administración municipal.
  • Suscribir los contratos y convenios que sean necesarios para el buen funcionamiento de la entidad.
  • Administrar los bienes de la Personería Municipal.
  • Realizar en forma directa la vigilancia administrativa de acuerdo a los procedimientos establecidos en la ley 734 de 2002.
  • Controlar el cumplimiento de los contratos y convenios celebrados por la Personería.
  • Proyectar los actos administrativos de nombramiento, desvinculación y demás novedades del secretario(a) de la Personería y realizar su aseguramiento al régimen de seguridad social.
  • Administrar el almacén de la Personería Municipal.
  •  

En asuntos técnicos: Son funciones del Despacho del Personero(a) Municipal en asuntos técnicos, las siguientes:

 

  • Realizar los informes requeridos por la Procuraduría General de la Nación, Departamental o Provincial o cualquier otra autoridad competente.
  • Dirigir el cumplimiento del procedimiento en los procesos que se adelanten en la Personería Municipal.
  •  
  • ​​En asuntos penales: Son funciones del Despacho del Personero(a) Municipal en asuntos penales, las siguientes:
  •  
  • Ejercer la función del Ministerio Público ante la fiscalía local y juzgado promiscuo municipal, conforme a la constitución y la ley.
  • Procurar como representante de la sociedad, sanciones a las infracciones a la ley penal, la defensa de las personas acusadas sin justa causa, la protección de los derechos humanos de los procesados, la indemnización de los perjuicios causados con la infracción.
  • Pedir la práctica de pruebas conducentes al esclarecimiento de la verdad, las medidas de aseguramiento o la libertad del procesado, presentar alegatos e interponer recursos si se amerita; asistir e intervenir en las audiencias públicas y en general intervenir en todas las diligencias y actuaciones del proceso penal.
  • Efectuar visitas permanentes a la cárcel municipal y estaciones de policía donde se encuentre eventualmente detenida una persona y velar por que les sean respetados sus derechos.
  • Efectuar la entrevista socioeconómica a aquellas personas que soliciten defensor público y rendir los correspondientes informes a la Defensoría del Pueblo.
  • Notificarse personalmente en el juzgado y fiscalía de las providencias y demás actuaciones procésales.
  • Denunciar ante las autoridades competentes los hechos que originen responsabilidad, penal o administrativa, de los hechos que tenga conocimiento, susceptibles de investigación oficiosa y recibir los documentos y demás pruebas necesarias al efecto.

 

En asuntos relacionados con el medio ambiente y desarrollo urbanístico: Son funciones del Despacho del Personero(a) Municipal en asuntos de desarrollo urbanístico y medio ambiente las siguientes:

 

  • Velar por la defensa de los bienes fiscales, los de uso público, los integrantes del patrimonio histórico, el amueblamiento urbano y demandar de las autoridades competentes, las medidas necesarias para impedir la perturbación y ocupación de los bienes fiscales y de uso público.
  • Vigilar que las obras de desarrollo urbanístico, cumplan con las disposiciones legales, Acuerdos Municipales y que no lesionen los intereses comunes.
  • Vigilar que las entidades municipales, facultadas para otorgar los permisos para construcción y planos de urbanismo, cumplan con las disposiciones legales y reglamentarias.
  • Vigilar que las entidades municipales facultadas para la expedición de licencias de funcionamiento a establecimientos de industria, comercio y otras que presten servicio al público cumplan con las disposiciones legales.
  • Vigilar la efectiva formulación y entrega de las áreas de cesión por los urbanizadores al Municipio y en caso de hallar irregularidades, pedir las investigaciones de rigor a las autoridades competentes.
  • Solicitar a las autoridades competentes del orden nacional departamental y municipal según el caso, las investigaciones por violación a las normas legales relacionadas con el control de los asentamientos anormales y la protección del medio ambiente.
  • Vigilar que las autoridades ambientales municipales y Planeación municipal, cumplan con sus funciones de acuerdo a la ley y los acuerdos respectivos.
  • Vigilar Que las entidades facultadas para expedir licencias ambientales, cumplan con las disposiciones legales y reglamentarias.
  •  

En asuntos policivos: Son funciones del Despacho del personero(a) Municipal en asuntos policivos las siguientes:

 

  • Ejercer las funciones del Ministerio Público ante la inspección de policía de acuerdo a la Constitución política, las leyes, los acuerdos y demás normatividad.
  • Intervenir en los procesos contravencionales de tránsito, cuando lo considere necesario para la defensa del orden jurídico o a solicitud de alguna de las partes en el proceso.
  • Intervenir como agente especial en los proceso de policía en los cuales debe cumplir funciones de Ministerio Público, cuando así lo considere necesario o a petición de parte.
  • Notificarse personalmente de las providencias y demás actuaciones procésales especialmente aquellas que por ley lo requieran.
  •  

En asuntos de familia, protección al menor y derechos humanos: Son funciones del Despacho del Personero(a) Municipal en asuntos relacionados con la familia, el menor y los derechos Humanos las siguientes:

 

  • Ejercer las funciones del Ministerio Público en los procesos y actuaciones que adelanta el Juzgado Promiscuo Municipal, en la materia.
  • Velar por la protección y defensa de los derechos del menor y cuando por cualquier medio tenga conocimiento de las situaciones de abandono o de peligro en que se encuentre un menor, informar a la defensoría de familia o en su defecto a la autoridad de policía para que se tomen de inmediato las medidas necesarias para su protección.
  • Recibir y tramitar las quejas que se presenten contra funcionarios por violación a los derechos del menor.
  • Solicitar a la autoridad competente las investigaciones disciplinarias y penales a que hubiere lugar contra funcionarios que infrinjan, torturen, den tratos crueles e inhumanos y degradantes a las personas.
  • Cooperar con la Defensoría del Pueblo en la implementación de políticas que esta fije.
  • Divulgar la Constitución y en coordinación con otras autoridades adelantar programas de promoción prevención, educación y concientización sobre los derechos humanos y los deberes fundamentales del hombre.
  • Solicitar de los funcionarios de la rama judicial los informes necesarios sobre hechos que se relacionen con la violación de los derechos humanos.
  • Velar por el respeto de los derechos Humanos de los recluidos y usuario s en Cárceles, ancianatos, jardines infantiles, guarderías, hogares infantiles, escuelas, colegios de carácter oficial y privados.
  • Exigir de las autoridades municipales las medidas necesarias para prevención de epidemias.
  • Propender por la protección y cuidado de menores e informar a la autoridad competente cuando no se dé cumplimiento a esto.

 

En asuntos relacionados con derechos de petición, consulta, quejas; acciones constitucionales, derechos del consumidor y servicios públicos domiciliarios: Son funciones del Despacho del Personero(a) Municipal en asuntos relacionados con los derechos de petición, consulta, quejas; acciones constitucionales, derechos del consumidor y servicios públicos domiciliarios, las siguientes:

 

  • Recibir quejas y reclamos sobre funcionarios de la administración y procurar el respeto de los derechos e intereses de los asociados.
  • Orientar a la ciudadanía en sus relaciones con la administración indicándoles la autoridad a la cual deben dirigirse para la solución de sus problemas.
  • Velar por la efectividad del derecho de petición y con tal fin instruir debidamente a quienes deseen presentar una petición, escribir las de quienes no pueden o no supieren hacerlo, recibir y solicitar, de acuerdo a lo estipulado en el titulo 1 y 2 del código contencioso administrativo y demás normas concordantes.
  • Recibir quejas, solicitar la intervención de los organismos técnicos, judiciales y policivos competentes.
  • Iniciar las investigaciones, ejercer las acciones autorizadas por la ley en procura de la defensa de los derechos e intereses del consumidor y usuarios de los servicios públicos.
  • Recibir las notificaciones de las providencias que nieguen la petición sobre el derecho de la información.
  • Poner en conocimiento de las autoridades los hechos presuntamente delictivos para que sean investigados.
  • Asesorar a los ciudadanos, cuando por causa de la violación a sus derechos se haga necesario interponer alguna acción constitucional.
  • ​Interponer las acciones constitucionales que sean del caso, cuando exista vulneración o amenaza a derechos e intereses colectivos.

 

En asuntos relacionados con las conductas y cumplimiento de funciones de servidores públicos: Son funciones del Despacho del Personero(a) Municipal, en asuntos relacionados con las conductas y cumplimiento de funciones de los Servidores Públicos, las siguientes:

 

  • Vigilar la conducta de los servidores vinculados de las entidades de su competencia y que amerite ser investigados disciplinariamente.
  • Tramitar y adelantar las indagaciones preliminares e investigaciones disciplinarias por quejas y reclamos, contra los servidores públicos de la administración municipal, acorde con la constitución y las leyes.
  • Denunciar ante la autoridad competente, las presuntas faltas disciplinarias cometidas por funcionarios públicos, cuya investigación no es de su competencia.
  • Elaborar los autos interlocutorios dentro de las diligencias preliminares o investigaciones disciplinarias que se adelanten en la Personería y proferir en estas últimas la decisión de sanción o absolución respectiva.

 

¿Qué hacer para comunicar una irregularidad?

 

De manera directa acercándose a las instalaciones de la Personería o de forma escrita radicando la solicitud o queja proporcionando los datos necesarios para identificar el funcionario o la entidad que presuntamente incurre en la irregularidad.

 

 

Información de contacto

 

Personera Municipal: Leidy Jennifer Cruz Susa

Teléfono Personería: 301 628 9003

Dirección:

Carrera 3 No 19-71 – Segundo Piso. La Vega - Cundinamarca.

Carrera 3 No 21-55 Local 3. La Vega - Cundinamarca.

Correo Electrónico: personeria@lavega-cundinamarca.gov.co

Horario de atención: Lunes a Viernes de 8:00 am a 12:00 y de 2:00 a 6:00 pm ​

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